Control de Armamento en México

Entrevista con el General de Brigada D.E.M., Vicente Pérez López, Director General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.

No es un secreto que México ha sufrido una escalada de violencia debido a la presencia de grupos del crimen organizado, cárteles de la droga y delincuentes comunes, quienes, atendiendo una ambición desmedida por generarse recursos de manera ilícita, no les ha importado acabar con la paz de la sociedad, es por ello, que las personas sienten la necesidad de estar armadas para proteger sus bienes, pero sobretodo a su familia.

Ante esa necesidad de poseer un arma para la seguridad, existe una dependencia que las regula, es la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, dependencia que tiene la importante misión de establecer las reglas y requisitos para que los ciudadanos adquieran armas para resguardo de su domicilio.

Pero esa es solo una de las muchas funciones que realiza esta dependencia de la Secretaría de la Defensa Nacional, por eso conversamos en una entrevista exclusiva para la Revista Militar Armas, con el General de Brigada D.E.M., Vicente Pérez López, Director General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, quien nos explicó las atribuciones e importancia de este organismo.

Orgullosamente Zapador

El General Pérez López inició su vida militar hace  cuatro décadas, cuando ingreso al yunque forjador de hombres de guerra, movido por lo que escuchaba de sus padres cuando se referían al Ejército Mexicano: “Somos una familia de un pueblo sencillo, donde mis padres hablaban del Ejército Mexicano como una institución seria y sólida donde podría tener una oportunidad para un desarrollo profesional y estando en la secundaria tuve la oportunidad de escuchar al personal militar, quienes llegaron para darnos información de los planteles militares y a mi me interesó el Heroico Colegio Militar donde ingresé en 1981, por eso este año cumplo 40 años de servicio”.

Desde mi ingreso a mi alma mater, sentí las grandes bondades de pertenecer al Ejército Mexicano, en ese momento supe que ese era mi lugar y entendí que ahora el reto era seguir en ese camino, por eso perseveré hasta graduarme como subteniente de Zapadores, arma de la cual me siento muy orgulloso porque he tenido grandes satisfacciones en el desempeño de mis funciones”.

La carrera de las armas le tenía deparadas grandes sorpresas al General Pérez López, pues durante todo este tiempo se ha preparado y superado profesionalmente, por lo que es Doctor en Educación y ha ocupado diversos cargos de importancia de acuerdo a su jerarquía militar, incluso como agregado militar en Francia e Italia; sin embargo, asegura que lo más gratificante en ese camino ha sido formar parte de los más importantes planteles militares y de un cuerpo especial: “Lo más grato que he vivido en el Instituto armado es, en primer lugar el ingreso al Heroico Colegio Militar, luego a la Escuela Superior de Guerra, posteriormente al Colegio de Defensa Nacional, y sin duda, ser parte del Estado Mayor de la Defensa Nacional, porque es un lugar donde se aprende mucho; pero donde uno experimenta muchas vivencias es siendo parte de Fuerzas Especiales, porque son unidades que tienen un arduo trabajo y una identidad sólida, por eso al ser parte de ese cuerpo especial todos tenemos la obligación de cuidarnos unos a otros, lo que provoca mucho arraigo y hermandad”.

Por otro lado, asegura que los momentos más difíciles y los retos fueron superados gracias a que siempre contó con el apoyo de sus comandantes: “He vivido a lo largo de este tiempo situaciones difíciles, pero todas con solución, siempre movido por la idea de mantener el prestigio de la institución y no defraudar a quienes giran las órdenes.

Dentro del Ejército Mexicano, tenemos procedimientos muy claros para resolver cualquier problemática y si hay algo que nos supera en nuestras atribuciones, de acuerdo a la cadena de mando, siempre habrá alguien con la jerarquía para tomar una decisión adecuada. Gracias a que en el Instituto Armado nada se deja a la improvisación, nunca he tenido una experiencia tan grave que me haya hecho colapsar.

Si acaso puedo mencionar una experiencia desagradable, es que cuando nació mi hija a quien conocí al mes por exigencias del servicio, sin embargo, en el Ejército de hoy ese tipo de asuntos se han sensibilizado mucho, a través de diversas disposiciones para que tanto hombres como mujeres atiendan ese tipo de situaciones, por eso digo que el Ejército de hoy es muy diferente del Ejército de hace 40 años, porque ha evolucionado enormemente y de manera positiva para beneficio de todos sus miembros”.

Funciones de la DGAFCE

Puntualizó las tareas que atiende esa dependencia de la Secretaría de la Defensa Nacional: “Se atiende desde la petición de un honorable campesino que requiere un fusil para la protección de su parcela, hasta empresas de talla nacional e internacional para la gestión de explosivos o sustancias químicas, es decir, tenemos dentro de las tareas que realizamos una gama muy amplia, aunque una de las principales es el control de la posesión y portación de Armas de Fuego a nivel nacional.

También realizamos todos los trámites relacionados con la compra-venta de armamento, tanto a particulares como a personas morales, que en este caso son empresas de seguridad privada y los cuerpos de seguridad pública, que son las que tienen una demanda mayor de armamento por las actividades que realizan.

Además de esas actividades, realizamos el control de sustancias químicas, explosivos, pirotecnia; importación y exportación de artículos relacionados con estas actividades, la expedición de licencias de portación de arma individual, así como las licencias de portación de armas particulares colectivas y las licencias de portación de armas oficiales colectivas, que son las que utilizan tanto personas físicas como morales”.

Requisitos para las licencias de portación

Puntualizó los requisitos para las licencias de portación de armas de fuego: “Para las licencias de portación de armas de fuego a personas físicas, se requiere que tengan un modo honesto de vivir, que cumplan con su Servicio Militar Nacional, aportar documentación que avale su personalidad, comprobante de domicilio; además de presentar examen médico y toxicológico y comprobar su situación económica; pero principalmente comprobar que tienen la necesidad de portar armas, en este caso, la propia Ley establece que queda a criterio del Secretario de la Defensa Nacional la decisión.

En ese sentido, hay personas que arguyen que debido a la inseguridad en el país necesitan portar armas, sin embargo, si aplicáramos ese criterio todas las personas necesitarían portar armamento, sin embargo, es al Estado a quien le corresponden las tareas de seguridad”.

Destacó que para dicho trámite existe ventanilla única, para que no se dejen sorprender: “Es importante decirles que este tipo de licencias solo se pueden tramitar aquí, no existe otro lugar, y se entrega en la Secretaría Particular de la Secretaría de la Defensa Nacional, como un mecanismo de control para evitar que se den a discreción y que no sea un solo ente el responsable de la expedición de las licencias. Es importante que lo sepan porque hemos detectado casos en los que hay personas que han pagado hasta 240 mil pesos por licencias de portación, cuando en realidad lo que les entregan son licencias apócrifas, cuando con nosotros les cuesta 2 mil 606 pesos el trámite, pago que se realiza ante Banjercito porque nosotros no recibimos dinero, simplemente los comprobantes.

Es un trámite que tiene vigencia por un año y que se puede revalidar a partir de 60 días antes de que termine la licencia, por ello recibimos los trámites a partir del 15 de septiembre de cada año”.

También explicó los casos y requisitos en los que se otorgan licencias colectivas de portación de arma de fuego: “Tenemos dos tipos de licencias colectivas: Las licencias particulares colectivas y las licencias oficiales colectivas, en el primer caso se otorgan a empresas de seguridad pública y los requisitos son similares a las individuales, pero por cada elemento que va a estar incluido en la licencia. Además, debe comprobar la necesidad de portar armas, y en el caso de que sea aprobada, la Secretaría de Gobernación expide un permiso y con ese visto bueno, nosotros podemos iniciar el trámite para el otorgamiento de la licencia.

Para el caso de las licencias particulares colectivas tenemos tres modalidades: Seguridad privada a Personas, Seguridad Privada en los Bienes, y Seguridad Privada en el Traslado de Bienes y Valores.

Además, tenemos las licencias oficiales colectivas, que se otorgan a las dependencias de seguridad pública, esto es, las fiscalías, corporaciones policiacas; y para otorgarlas se deben cubrir requisitos similares a las licencias particulares colectivas, que también deben contar con el visto bueno de la Secretaría de Gobernación. Una de las dependencias a las que se les otorgó una licencia oficial colectiva es a la Guardia Nacional, pero en ambos casos de las licencias colectivas la renovación es cada dos años”.

Al respecto, aseguró que en el caso de las Fuerzas Armadas no requieren de este tipo de licencias porque quien regula esta actividad es la Dirección General de Materiales de Guerra.

Tipo de calibres permitidos

El General Pérez López detalló los calibres del armamento que la sociedad civil puede adquirir y poseer: “Debemos recordar que de conformidad con el Artículo 10/o. de la Constitución mexicana, todos los habitantes de este país tienen el derecho a la posesión de un arma, más no portación; sin embargo, las permitidas por la propia Ley de Armas de Fuego para la sociedad civil, son de calibres no superiores al 380, es decir, quedan exceptuadas todas las armas 9 mm, 38 super, 38 comando o superiores. También Se pueden poseer calibres 38 especial, exceptuando el 357 magnum.

Asimismo, los ejidatarios y comuneros pueden utilizar rifles 22 mm y escopetas con calibres no superiores al 12, solo con la simple manifestación o registro del arma, pero exclusivamente en sus parcelas.

En el caso de los deportistas y cazadores, ellos tienen una gama más amplia de calibres y pueden utilizar hasta 10 armas, pueden ser pistolas calibre 22 mm, 38 mm, escopetas en todos los calibres, excepto superiores al calibre 12 y que tengan cañones con longitud no inferior a los 635 mm; pueden utilizar rifles de alto poder de repetición y funcionamiento semiautomático y que no tengan características para convertirse en rifles automáticos. Para ellos están exceptuados algunos calibres como son el .30, 223, y el 7.62 mm, entre otros.

Otro caso es el de los charros, que usan revolver, pero como parte del atuendo y con la condición que no vallan abastecidas las armas”.

Aclaró que en el caso de que sean calibres superiores a los antes mencionados, son de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y en el caso que se requiera, los deportistas deben justificar su uso para alguna competencia.

Límite de armas

Señaló que existe un límite en el número de armas que se pueden poseer: “El número de armas que se pueden poseer está contemplado en las disposiciones que marca la Secretaría de la Defensa Nacional: Para protección a domicilio se autoriza solo una por familia, y para personal militar de tropa, tienen las mismas restricciones que para personal civil.

Por otro lado, para personal militar de oficiales en adelante, incluyendo personal en situación de retiro, se autorizan cinco armas, ya sea cortas o largas y con los calibres de uso exclusivo para las Fuerzas Armadas, pero el límite es cinco, más de eso ya es acopio”.

Destacó la importancia de contar con la dependencia que encabeza: “Esta Dirección es fundamental porque dos de sus principales objetivos es contar con un registro de armamento y con ello tratar de inhibir el tráfico ilegal de armamento.

Para ello también el Ejército Mexicano cuenta con la Dirección de Comercialización de Armas y Municiones, dependiente de Industria Militar, que es la única dependencia en este país autorizada para la venta de armamento y municiones, a través de un permiso y su respectivo registro que se genera en esta Dirección”.

La necesidad de renovar la Ley

Aseguró que ya se trabajó en la actualización de la Ley de Armas de Fuego y Control de Explosivos: “Estuvimos trabajando en 2020 en la actualización a la Ley, fue un trabajo que se hizo entre varias dependencias, coordinado por el Estado Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional y que concluyó hace un par de meses, sin embargo, falta la resolución del Congreso.

Se trabajó en ella, porque se vio la necesidad de hacerle algunos ajustes, ya que estamos hablando de una ley que se promulgó en 1972. Aunado a ello, nosotros como Dirección también giramos disposiciones que la propia Ley nos faculta, a fin de normar algunos aspectos relacionados al armamento”.

Mensaje Final

Para concluir, envió un mensaje a la sociedad: “La Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, está abierta para atender cualquier inquietud del público en general. No permitan que seudo-gestores se acerquen y les ofrezcan servicios, porque nosotros tenemos la capacidad y el personal idóneo para atender cualquier inquietud relativa con armamento, municiones, químicos o explosivos.

Además, pueden acudir a las comandancias de todas las zonas y regiones militares, donde tenemos representación para que los atiendan y reciban una adecuada orientación, a fin de que no se dejen sorprender. Asimismo, pueden entrar a la página de la Dirección General de Armas de Fuego y Control de Explosivos, donde de forma detallada se les da a conocer todos los servicios que ofrecemos y los medios de contacto”, concluyó.