Armamento Legal y Seguro

Entrevista con el Coronel de Infantería D.E.M., Juan Carlos Hernández García, Director de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional.

De acuerdo al Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 11 de Abril de 1995, la Secretaría de la Defensa Nacional es la única Dependencia de Gobierno que tiene atribuciones para realizar la comercialización de armamento y municiones a personal civil y militar, así como a corporaciones de seguridad pública.

Lo anterior tiene especial relevancia, ya que es sabido que en los países en los que son laxas sus regulaciones, se tiene un mayor número de accidentes y crímenes por el uso de armas de fuego, lo que deteriora las condiciones de seguridad deseables de la ciudadanía para un óptimo desarrollo.

Es por ello que en México, de manera estratégica para la seguridad nacional, se cuenta con la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional (DCAM), dependencia cuya tarea es de vital importancia para le control de armamento, ya que cuenta con personal altamente capacitado, quienes apegados a los valores y virtudes militares, realizan su tarea alejados de prácticas de corrupción, con lo que se evita que las armas caigan en manos que puedan representar un peligro potencial.

Para hablarnos de las atribuciones de esta dependencia, conversamos en una entrevista exclusiva para la Revista Militar Armas, con el Coronel de Infantería D.E.M., Juan Carlos Hernández García, Director de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional, quien nos explicó lo que marca la Ley para la adquisición de armamento y las ventajas de hacerlo de manera legal y segura.

Misión y atribuciones

El Coronel Hernández García inició señalando la misión del organismo que encabeza: “La Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones de la Secretaría de la Defensa Nacional se creó en 1995 como un organismo que coadyuva con la Dirección General del Registro de Armas de Fuego y Control de Explosivos en el control del armamento y municiones que se importan y comercializan a nivel nacional, es por ello que la DCAM es el único organismo que comercializa armas a nivel nacional de manera lícita.

Su misión principal es atender las necesidades de los cuerpos de seguridad, empresas de seguridad privada, y particulares en cuanto a armamento, accesorios y municiones”.

Señaló el caso particular de la Secretaría de Marina: “En el caso de la Armada de México, ellos tienen sus propios procedimientos para importación y adquisición de armamento como Fuerza Armada, sin embargo, la adquisición de armamento para sus miembros para uso particular, es también a través de la DCAM”.

Procedimiento para adquisición

El Director de la DCAM señaló el procedimiento para la adquisición de armamento: “De manera general, para personas morales como para personas físicas, civiles o militares, invariablemente el proceso inicia con una solicitud de permiso extraordinario de adquisición que se tramita a través de la Dirección General de Armas de Fuego y Control de Explosivos, mismo que se autoriza una vez que se cumple con varios requisitos que exige el propio organismo.

Una vez que se cumple con esos requisitos, que son muy diversos para cada caso, se le otorga a la persona moral o física un permiso de adquisición con el que vienen a la DCAM para adquirir el material que requieren. De esta manera se garantiza el control de las personas que están adquiriendo un arma y su respectivo registro”.

Tipos de permisos de adquisición

Aseguró que los permisos que otorga la Dirección General de Armas de Fuego y Control de Explosivos tiene que ver directamente con la actividad que desarrolla cada persona o el organismo que lo solicita:

  • Licencias oficiales colectivas: Es para la adquisición de armamento, municiones y equipo conexo para cuerpos de seguridad pública y paraestatales. Estos cuerpos deben cumplir múltiples requisitos para cada uno de los miembros.
  • Licencia particular colectiva: Es para la adquisición de armamento y municiones para empresas de seguridad privada.
  • Licencia para protección de domicilio: Son permisos que otorga el propio Registro para la población en general.
  • Licencia para protección de parcela: Que es para jornaleros, ganaderos y campesinos para dar seguridad a su propiedad.
  • Licencia para tiro deportivo: Para quienes pertenecen a un club de tiro.
  • Licencia para actividades cinegéticas: La cual se otorga a quienes se dedican a la cacería de animales silvestres.
  • Licencia para coleccionistas: Se otorga para quienes conservan armamento por su valor histórico.
  • Licencia para portación de arma: Es la que se expide para fines de seguridad personal, la cual implica un riguroso proceso en el que se debe justificar la razón por la que se solicita.

Al respecto señaló: “Como podemos ver es una gama muy amplia de actividades por las que se expiden licencias, aunque cada uno de ellos implica distintos requisitos, los cuales deben cumplirse de manera rigurosa; por ejemplo: para la licencia para protección de domicilio, se debe comprobar un domicilio preciso de dónde se va a tener el arma, la cual no se puede portar ya que es para proteger el hogar; para este permiso también se debe comprobar un modo honesto de vivir, se requiere de identificación, un certificado sicológico y médico, el llenado de los formatos, así como el respectivo pago”.

Armamento que se puede adquirir

Precisó el tipo de armamento que se puede adquirir por parte de personal civil o militares de tropa: “Para protección a domicilio, un ciudadano puede adquirir armas cortas, escuadra no superior a calibre 0.38 pulgadas o revólver 0.38 especial. De igual forma, para protección de parcelas o ejidos pueden adquirir rifles de calibre .22 pulgadas, o escopetas calibre 12, 16 y 20.

Para tiro deportivo se puede adquirir una diversidad de calibres, dependiendo de la actividad de que se trate, pero van desde los calibres .22, .25, .380 pulgadas, .38 especial, en fin, es muy diverso.

Para las actividades cinegéticas, también hay una diversidad de calibres que se pueden utilizar en escopetas y rifles, los cuales los pueden adquirir a través de los clubes cinegéticos”.

Señaló el tipo de armamento que se puede autorizar para personal militar con grado de oficial o superior: “En el caso de personal militar de subtenientes a generales y sus equivalencias en la Armada de México, la propia Ley señala tanto la adquisición como la portación de armas de calibres de 9 mm o mayores como los calibres .40 y .45 pulgadas, así como rifles de alto poder con calibres desde 5.56 mm hacia arriba.

Al personal militar la ley le autoriza la adquisición de cinco armas, cortas o largas, a menos que el propio militar compruebe otra actividad cinegética o de coleccionista. En este caso la Ley le señala los mismos requisitos que a un civil”.

Marco legal y función estratégica de la DCAM

En relación al marco legal que da facultades a la Secretaría de la Defensa Nacional para adquisición y comercialización de armamento, esto fue lo que señaló: “El marco legal se encuentra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el derecho de los ciudadanos a tener un arma para la seguridad de su domicilio y la DCAM es el organismo encargado de coadyuvar para el cumplimiento de esta garantía.

También cumplimos con la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, la Ley orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, el Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional; todo ello nos da las herramientas adecuadas y necesarias para cumplir con este propósito”.

Pero también se refirió a lo que marcan las leyes internacionales: “En este organismo también cumplimos con distintos tratados internacionales para asegurar el tráfico lícito de armas y municiones. Esa es la parte estratégica de la DCAM, que es un aspecto sumamente importante, porque tenemos comunicación e intercambio de información con organismos internacionales que verifican el tráfico lícito de las armas a nivel internacional.

Con ello, garantizamos también el derecho del Estado a la defensa del propio país, al garantizar el abastecimiento de armamento de las Fuerzas Armadas y los cuerpos de seguridad, eso también es un aspecto estratégico sumamente importante que cumple este organismo”.

Importancia de adquirir armamento en la DECAM

El Director de la DCAM aseguró que la importancia de que la gente adquiera su armamento en este lugar, es porque con ello se garantiza que sea armamento nuevo, que tiene un origen, una factura, una internación legal al país y que además saldrá registrada, y agregó: “Muchas veces las armas que se comercializan en el mercado negro son más caras, dos o tres veces más caros que el precio que ofrece la DCAM, eso se lo puedo garantizar”.

Señaló el armamento más solicitado y la cantidad que venden: “Las armas más solicitadas por personas civiles son las de calibre o.380 pulgadas para protección a domicilio, de ahí tenemos los rifles en los calibres permitidos, así como escopetas, que ya son para actividades cinegéticas. Por otro lado, el arma que más solicita el personal militar es la pistola escuadra calibre 9 mm, la calibre .40 y .45 pulgadas de manera general.

Vendemos alrededor de 4 mil armas largas y 6 mil armas cortas al año y una cantidad importante de cartuchos correspondientes al calibre de las armas, lo que representa una parte importante de lo que se comercializa”. Al respecto, aclaró que de la producción de Industria Militar no se comercializa nada, ya que ésta solo es para las Fuerzas Armadas y organismos federales a través de convenios”.

Envió un mensaje a la ciudadanía para que adquiera armamento en forma legal a través de la DCAM: “Yo invitaría a la gente a que se acerque a la DCAM, donde van a encontrar personal especializado que los van a orientar para realizar un procedimiento adecuado para la adquisición de armamento de manera legal.

Para facilitar el proceso, también contamos con nuestra página y nuestra aplicación para que conozcan los requisitos para el trámite, los calibres, las armas disponibles, en fin, les pediría que se acerquen aquí donde los trámites se realizan con transparencia y donde no encontrarán riesgos o prácticas de corrupción, ya que el personal ha sido capacitado con los valores que caracterizan al Instituto Armado, lo que le dará legalidad a su trámite y la adquisición del armamento que aquí mismo podrá registrar y saldrán con un permiso específico para moverlo a cualquier parte de la República”, concluyó.